Ayudas Diputación Bizkaia – Consolidación empresarial 2022

1 Abr 2022 | AYUDAS

Tal y como se ha aprobado en el BOB, en el DECRETO FORAL 34/2022, la Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado una ayuda para las personas o entidades que han sido beneficiarias de la Ayuda por Autoempleo en los ejercicios 2020 y 2021, otorgada por la Diputación Foral de Bizkaia (la que conllevaba la realización del curso de emprendedores, ayuda por importe de 5.000). esta ayuda se denomina FOMENTO DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS- CONSOLIDACIÓN EMPRESARIAL 2022.

Sólo pueden optar a esta ayuda las personas o entidades que hayan sido beneficiarias de la ayuda por autoempleo en los años 2020 y 2021.

** No son subvencionables las compras de EPIs, es decir; no entran ordenadores, escáneres, impresoras, tablets, TPVs, ni ningún dispositivo electrónico.

** Esta ayuda es compatible con otras ayudas destinadas al mismo hecho subvencionable (ejemplo, Ayuda de Lanbide para la transformación digital)

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • La realización de un plan de comunicación y marketing relacionados con la actividad de la empresa:
    • Contratación de una empresa de servicios  que realice un plan de comunicación y marketing para publicitar vuestro negocio.
    • Branding (imagen de la empresa de empresa).
    • Contratación de servicios de publicidad como pueden ser Google Ads, promoción en Facebook, Instagram y demás redes sociales)
  • Gastos derivados de actuaciones de digitalización que contribuyan a la mejora de la competitividad de la empresa:
    • Por ejemplo, la contratación de una empresa de servicios para la realización de una página web o comercio electrónico (e-commerce).
    • Contratación de una empresa de servicios para adecuar la empresa a la digitalización.
    • Podría entrar un software informático para adecuar la empresa a la digitalización (ejemplo CRM (gestión de relaciones con el cliente, facturación electrónica, etc), pero tras hablar con un técnico de la Diputación, me ha dicho que eso no lo tienen claro, que dependerá de los criterios que adopten una vez presentadas las solicitudes, ya que no se menciona expresamente. Me han recomendado hacer la solicitud por si acaso, pero no dan garantías de que vaya a ser un gasto subvencionable, ya que estos programas se consideran aplicaciones informáticas.
  • Gastos de formación para la mejora de la actividad empresarial:
    • Cursos impartidos por otros profesionales para mejorar el negocio y la digitalización de la empresa.
  • Gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia técnica especializada que tengan por objeto la mejora de la viabilidad de la empresa, o que contribuyan a una mejora de su posicionamiento en el mercado o el desarrollo del negocio, la innovación para la mejora del producto, servicio o proceso, la viabilidad de internacionalización, la responsabilidad social o el impacto medioambiental:
    • Contratación de una empresa de servicios para la mejora de la viabilidad, posicionamiento y desarrollo del negocio.
    • Contratación de una empresa de servicios para la innovación de los productos de la empresa y la viabilidad de internacionalización.
    • Contratación de una empresa de servicios para mejorar la responsabilidad social y el impacto medioambiental de la empresa.

IMPORTE SUBVENCIONADO: Máximo de 2.000€.

PERIODO SUBVENCIONADO: Gastos subvencionables realizados entre el 01/10/2021 y hasta el 30/09/2022.

FECHA DE PRESENTACIÓN: desde el 01/06/2022 y hasta el 01/10/2022.

Las solicitudes se irán resolviendo según se vayan recibiendo y hasta agotar los fondos previstos.

REQUISITOS:

  • Tener el domicilio social y fiscal en Bizkaia.
  • Haber sido beneficiaria de la subvención «Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas» de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
  • No hallarse sancionado administrativa o penalmente.

DOCUMENTACION A APORTAR:

  • Facturas y justificantes de pago.
  • Alta de terceros (documento de acreditación de titularidad de cuenta bancaria sellado por el banco)

Por lo que, si habéis realizado alguno de estos gastos, comunicádnoslo a la Asesoría lo antes posible para que podamos preparar la solicitud y enviar la documentación el primer día, para tener mas posibilidades de concesión de la ayuda.

Os dejo el pdf con el resumen de la ayuda publicado por la Diputación Foral de Bizkaia: Consolidación empresarial 2022 BFA

Os dejo el link a la normativa de esta ayuda: https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2022/03/28/I-259_cas.pdf?hash=5212d497527fe457437f85047014432e&idioma=CA

Un saludo a tod@s!